¡ASOCIESE!
ESTATUTO:
ARTICULO CUARTO: Habrá cuatro categorías de asociados: Honorarios, Vitalicios, Activos y Adherentes. Podrá asociarse todo aquel que pertenezca o haya pertenecido a las plantas funcionales de las Policías de la Provincia de Buenos Aires o toda otra Institución u Organización Oficial, con funciones similares y que sea asimilada o subordinada a estas. Así también las/os pensionadas/os de quienes fueron o pudieron haber sido socios de este Centro los que alcanzaran la categoría de adherentes.
ARTICULO TRIGESIMO TERCERO: Quienes resuelvan asociarse al Centro, deberán hacerlo ante la Filial que deseen, sin necesidad de que sea la de su domicilio real y en este caso, lo solicitarán por escrito, señalando sus razones.
