Incompatibilidad

DECRETO LEY 13.236

ARTICULO 50.- Será incompatible la percepción de los haberes de retiro o jubilación con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia, con excepción de los servicios docentes. El Poder Ejecutivo podrá establecer por tiempo determinado y con carácter general, regímenes de compatibilidad limitada con reducción de los haberes previsionales.


El 11/12/24, Primer llamado a las 10:30 hs. en Círculo Policial de la Provincia de Buenos Aires, sito en calles 17 Y 526 de La Plata.
Una delegación participó en el acto por el nacimiento del prócer.
CELEBRANDO 38 AÑOS DE LEGADO
SE INAUGURÓ LA FILIAL ROJAS