consultas de camaradas en relación al fallo de la Corte de Nación, por suplementos salariales al personal de la Policía Federal
Ante distintas consultas de camaradas en relación al fallo de la Corte de Nación, por suplementos salariales al personal de la Policía Federal, que deben ser considerados como remunerativos, no deja de ser importante, también debe tenerse en cuenta que todo reclamo judicial al respecto debe ser en forma personal.-En lo que nos atañe a nosotros particularmente estamos en condiciones de informarles que en relación a los reclamos judiciales por los Dtos.54/2011 y 934/2013, con fallo en Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo 1 de Mar del Plata, confirmado por la Cámara de Apelaciones respectiva y posteriormente en agosto del 2019 por la Suprema Corte de Justicia Provincial, en los autos "Presa Luis Eduardo y otros c/Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones y/o Provincia de Buenos Aires"; que a los restantes fallos favorables en distintos expedientes al respecto el Tribunal Supremo Provincial, no ha hecho lugar al RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL presentado por la Fiscalía de Estado para que los mismos sean elevados al máximo Tribunal Nacional. Estas sentencias favorecen a todos aquellos colegas que oportunamente iniciaron la demanda, estando ya prescripto el plazo para inicio de la misma.- Por esta ultima razón es que desde este Centro en reiteradas oportunidades, se ha insistido por el reclamo administrativo de los ítems 75.05 y 75.06 a efectos de interrumpir el plazo de prescripción y poder efectuar el reclamo ante la justicia en lo Contencioso Administrativa. Mario Deshusses-Crio.(ra)Pte. Francisco Cornejo-Crio (j) Srio.
